Confusión en competencia desleal

Subjetividad Legal:

La Ley Anti Competencia Desleal estipula que los operadores no pueden incurrir en conductas confusas: Artículo 6 de la Ley Anti Competencia Desleal: Los operadores no están permitidos participar en los siguientes comportamientos confusos Las personas creen erróneamente que son productos de otras personas o que tienen una conexión específica con otros: (1) Usar sin permiso logotipos iguales o similares a los nombres de productos, empaques, decoración, etc. de otras personas que tienen un cierta influencia; (2) Usar sin permiso nombres comerciales de otras personas que tengan cierta influencia ((incluidas abreviaturas, tamaño de fuente, etc.), nombre de la organización social (incluidas abreviaturas, etc.), nombre (incluido seudónimo, nombre artístico, nombre traducido, etc.); (3) Uso no autorizado de la parte principal del nombre de dominio, nombre del sitio web, página web, etc. que tenga cierta influencia en otros (4) Otro comportamiento confuso que pueda hacer que las personas lo confundan; el producto de otra persona o tener una conexión específica con el producto de otra persona.