Cómo afrontar la muerte del arrendador

La muerte del arrendador se puede tramitar de las siguientes maneras:

1. Si el arrendador muere o es rescindido conforme a la ley, el heredero o cesionario de la propiedad del inmueble continuará ejecutando el contrato de arrendamiento. ;

2. El arrendatario En caso de fallecimiento, la persona que convivía con el causante puede continuar ejecutando el contrato de arrendamiento. Si varias personas continúan ejecutando el contrato de arrendamiento, deben negociar para determinar un arrendatario. Si se llega a un consenso, el arrendador cambiará de arrendatario de conformidad con la ley; si no se llega a un consenso, el arrendador identificará un arrendatario entre aquellos que puedan continuar ejecutando el contrato de arrendamiento, y el inquilino original del arrendatario original seguirá siendo el mismo. gozar del derecho de residencia;

3. Si el arrendatario no vivió solo durante su vida, sino que vivió con otras personas, después del fallecimiento del arrendatario durante el período de arrendamiento, el contrato de arrendamiento seguirá siendo válido. y seguirá siendo realizada por su conviviente. Si no tuviera conviviente durante su vida, el contrato sería nulo.

Si la casa es remodelada, ampliada, demolida o reconstruida durante el período de arrendamiento, dejando inutilizable parte o la mayor parte del contrato de arrendamiento original, el arrendador deberá negociar con el arrendatario el cambio del contrato de arrendamiento.

Base Legal

Artículo 12 de las "Medidas para la Administración del Arrendamiento de Vivienda Comercial" Durante el período de arrendamiento de la vivienda, si la casa se transfiere por donación, división de bienes, herencia , venta y otros motivos, el contrato original de arrendamiento de la casa seguirá vigente. Si el arrendatario fallece durante el período de arrendamiento, la persona que vivió con él durante su vida puede alquilar la casa de acuerdo con el contrato de arrendamiento original. Artículo 15 Al solicitar el registro de arrendamiento de vivienda, las partes involucradas en el arrendamiento de vivienda deberán presentar los siguientes materiales:

(1) Contrato de arrendamiento de vivienda;

(2) Certificado de identidad de la vivienda parte arrendataria;

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(3) Certificado de propiedad de la vivienda u otro certificado de propiedad legal;

(4) Otros materiales especificados por el departamento competente de construcción (bienes raíces) de el gobierno popular municipal, de ciudad o de condado.

Los materiales presentados por las partes involucradas en el arrendamiento de la vivienda serán verdaderos, legales y válidos, y no ocultarán la situación real ni proporcionarán materiales falsos. Artículo 19 Si se modifica, renueva o rescinde el contenido del registro de arrendamiento de la vivienda, el interesado deberá acudir al departamento de registro de arrendamiento original para tramitar los trámites de modificación, renovación o cancelación del registro de arrendamiento de la vivienda dentro de los 30 días.