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¿Está bien dejar el contrato de alquiler en blanco?

Subjetividad jurídica:

El contrato de arrendamiento está limitado por el plazo del arrendamiento, y la parte que exceda de 20 años no es válida. De acuerdo con las leyes y reglamentos pertinentes de mi país, el plazo del arrendamiento no excederá los 20 años. Si tiene más de veinte años, la parte sobrante será inválida. Las partes podrán renovar el contrato de arrendamiento, pero el plazo de arrendamiento pactado no podrá exceder de veinte años a partir de la fecha de renovación.

Objetividad jurídica:

Artículo 470 del Código Civil El contenido de un contrato será pactado por las partes y generalmente incluye las siguientes cláusulas: (1) Nombre y domicilio del partes; (2) materia; (3) cantidad; (4) calidad; (5) precio o remuneración; (6) plazo, lugar y método de ejecución; de resolver disputas. Las partes podrán celebrar un contrato refiriéndose a los textos modelo de diversos contratos. Artículo 705 El plazo del arrendamiento no excederá de veinte años. Si tiene más de veinte años, la parte sobrante será inválida. Cuando expire el plazo de arrendamiento, las partes podrán renovar el contrato de arrendamiento, sin embargo, el plazo de arrendamiento acordado no podrá exceder de veinte años a partir de la fecha de renovación;