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¿Se requiere un depósito para alquilar una casa?

Subjetividad jurídica:

Las notas sobre los depósitos de arrendamiento son las siguientes: Con carácter general, el depósito no excederá del 20% del objeto del contrato principal, pudiendo considerarse el exceso o defecto como el monto de cambio pactado. Si el vendedor incumple, el comprador puede exigir la devolución del doble del depósito. Si el depósito no es suficiente para compensar la pérdida, también puede solicitar un aumento del importe de la pérdida.

Objetividad jurídica:

Artículo 586 del Código Civil, las partes pueden acordar que una de ellas pague un depósito a la otra como garantía de los derechos del acreedor. El contrato de arras se establece cuando efectivamente se paga la fianza. El monto del depósito será pactado por las partes, sin embargo, no podrá exceder del 20% del objeto del contrato principal, y el exceso no tendrá efecto de depósito; Si el monto del depósito real pagado es mayor o menor que el monto acordado, se considerará que el monto del depósito acordado ha sido modificado.