El contrato de alquiler no ha caducado y el propietario quiere derribarlo. ¿Puedo?
①: El propietario del edificio acepta el subarrendamiento del propietario original.
②: Aunque no estuvo de acuerdo, sabía que el arrendatario original estaba subarrendando, y cuando lo supo o debería haberlo sabido, no puso ninguna objeción en un plazo de 6 meses.
③: El plazo de su contrato de arrendamiento no puede exceder el plazo de arrendamiento restante firmado entre el inquilino original y el propietario (superarlo no será válido).
Si ① o ② cumple con ③, entonces su contrato de alquiler es válido y el propietario está obligado a garantizar el uso adecuado de la casa de alquiler. Si se trata de un derribo forzoso, se puede alegar incumplimiento de contrato y exigir una indemnización por las pérdidas.
Si no se cumplen las condiciones anteriores, el propietario puede contactar directamente con el contrato de alquiler.
2. Si el plazo de arrendamiento supera los 6 meses, se deberá firmar un contrato por escrito. Si no se firma el plazo de arrendamiento, éste se considerará indefinido, pero el plazo máximo no podrá exceder de 20 años.
3. La tarifa de transferencia beneficia directamente al arrendatario original y no tiene nada que ver con el propietario del edificio, y no se puede reclamar ninguna compensación al propietario. Sin embargo, debido a disputas derivadas del contrato de arrendamiento, se pueden reclamar derechos contra el arrendatario original.
4: A menos que el propietario esté de acuerdo con la decoración, el propietario tiene derecho a exigirle que restaure la apariencia original o compense las pérdidas.
5. Si el arrendador está de acuerdo, la decoración también implicará una serie de cuestiones como la unión, la adición, la elaboración y la mezcla. Debido a que su declaración no es clara, es realmente difícil de explicar en una oración. Para más detalles, puedes consultar los artículos 9-14 del contrato de arrendamiento de vivienda urbana, que es muy complicado.