Mi nombre no figura en el contrato de arrendamiento.
1. Si el contrato de arrendamiento no lo firmo yo, ¿es jurídicamente vinculante?
La validez legal del contrato de arrendamiento si no lo firmo yo depende del monto del agente encomendado y de la autoridad del agente encomendado. Es decir, el contrato de arrendamiento no lo firmo yo, pero. por el agente encomendado por mí, si se firma de conformidad con la ley dentro del ámbito de la autoridad, tendrá efectos legales. Si es firmado por un agente no autorizado y no es ratificado por la persona o revocado por una contraparte de buena fe, el contrato de arrendamiento será inválido. También cabe señalar que si el contrato de arrendamiento se firma a nombre de otra persona, si las circunstancias son graves, se le puede considerar penalmente responsable.
2. Si se pierde el contrato de alquiler, ¿aún se puede reponer?
Si se pierde el contrato de alquiler se puede reponer. Si alquila una casa a una agencia, la agencia generalmente tiene una copia del contrato y usted puede hacer una copia en la agencia. Si se niegan, si el arrendatario conoce los términos principales del contrato de arrendamiento, la pérdida del contrato de arrendamiento tendrá poco impacto y el arrendatario podrá continuar actuando de acuerdo con la ley. Si es necesario, puede presentar una demanda ante los tribunales. Como recordatorio, si alquila una casa a través de un arrendador, no importa si no existe un contrato para la casa de alquiler, siempre que exista un comprobante de pago del alquiler y un comprobante de depósito, estos pueden probar la existencia del contrato. . Si el contrato de arrendamiento ha expirado, no tiene nada que ver con el inquilino si el propietario alquila la casa o no.
3. Características del contrato de arrendamiento
El contrato de arrendamiento tiene las siguientes características:
1. El contrato de arrendamiento es un contrato que transfiere el usufructo del bien. propiedad arrendada.
En el contrato de arrendamiento, el arrendatario tiene por objeto obtener los derechos de usufructo de la cosa arrendada, y el arrendador sólo transfiere los derechos de usufructo de la cosa arrendada pero no su propiedad cuando termina el contrato de arrendamiento; el arrendatario deberá devolver los bienes arrendados. Ésta es la característica fundamental que distingue un contrato de arrendamiento de un contrato de compraventa.
2. El contrato de arrendamiento es un contrato retribuido bilateral.
En el contrato de arrendamiento existe una relación de contraprestación entre el pago del alquiler y la transferencia de los derechos de usufructo del objeto arrendado. El pago del alquiler es la contraprestación para obtener los derechos de usufructo del inmueble arrendado, y la obtención del alquiler es la finalidad del arrendador al arrendar el inmueble.
3. El contrato de arrendamiento es un contrato de promesa.
El establecimiento de un contrato de arrendamiento no se basa en la entrega del objeto arrendado Siempre que las partes lleguen a un acuerdo conforme a derecho, el contrato quedará establecido.