¿Es exigible el contrato de arrendamiento?
Base jurídica: "Derecho Civil"
Artículo 580: Si una de las partes incumple el cumplimiento de las deudas no dinerarias o el cumplimiento de las deudas no dinerarias no se ajusta al acuerdo, la la otra parte podrá solicitar el cumplimiento, sujeto a las siguientes condiciones, excepto por una de las circunstancias:
(a) Es legal o fácticamente imposible realizarlo;
(2) El objeto de la deuda no es apto para el cumplimiento forzoso o el costo del cumplimiento es demasiado alto;
(3) El acreedor no solicita el cumplimiento dentro de un plazo razonable.
Si una de las excepciones previstas en el párrafo anterior imposibilita la realización del objeto del contrato, el tribunal popular o la institución arbitral podrá rescindir los derechos y obligaciones del contrato a petición de las partes, pero esto no afectará la responsabilidad por incumplimiento del contrato.