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¿El arrendamiento de tierras debe pasar por el gobierno?

El artículo 36 de la "Ley de Contratos de Tierras Rurales" estipula: "El contratista podrá decidir independientemente, de conformidad con la ley, transferir los derechos de gestión de tierras a otros mediante arrendamiento (subcontratación), compra de acciones u otros medios, y deberá presentar un registro ante la parte contratante". De lo anterior se desprende que el arrendamiento del terreno lo decide el contratista de forma independiente y no necesita pasar por el gobierno.

El artículo 40 de la "Ley de Contratos de Tierras Rurales" estipula que ambas partes en la transferencia de derechos de gestión de tierras deberán firmar un contrato escrito.

Los contratos de transferencia de derechos de gestión de tierras generalmente incluyen las siguientes cláusulas:

(1) Los nombres y direcciones de ambas partes.

(2) El nombre, ubicación; , y Área y grado de calidad;

(3) Período de circulación y fechas de inicio y finalización;

(4) Transferencia de derechos de uso de suelo;

(5 ) Derechos e intereses de ambas partes Obligaciones;

(6) Precio de transferencia y forma de pago;

(7) Propiedad de las tasas de compensación correspondientes al expropiar, expropiar y ocupar terrenos de acuerdo con la ley;

(8) Responsabilidad por incumplimiento de contrato.

Si el contratista entrega la tierra a otros para su cultivo durante menos de un año, no necesita firmar un contrato escrito.

Como se desprende de lo anterior, el contrato firmado por ambas partes es válido. Para evitar disputas, todos los asuntos deben quedar claramente establecidos al firmar un contrato.