¿El contrato de alquiler es notariable?
El contrato de alquiler se puede escriturar ante notario. Las partes pueden solicitar la notarización en la notaría donde se encuentra la propiedad. Si el notario revisa los materiales y cumple con las condiciones, notificará a la parte para que complete el "Formulario de solicitud de notarización del contrato de alquiler" y luego comenzará el proceso de notarización. pagar la tasa de notario.
Base jurídica
Artículo 11 de la "Ley de Notarización"
A partir de la solicitud de una persona física, jurídica u otra organización, la institución notarial se encarga las siguientes materias de notarización:
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(1) Contrato;
(2) Herencia;
(3) Encomienda, declaración, donación, testamento;
(4) División de bienes;
(5) Licitación y subasta;
(6) Estado civil, parentesco, relación de adopción;
(7) Nacimiento y supervivencia, muerte, identidad, experiencia, educación, título, cargo, título profesional, si existen antecedentes ilícitos y penales;
(8) Estatutos Sociales;
(9) Conservación de la prueba;
(10) La firma, sello y fecha del documento, y la copia y fotocopia del documento concuerdan con el original;
(11) Otras cuestiones de escrituración solicitadas voluntariamente por personas naturales, personas jurídicas u otras organizaciones.
Para asuntos que deban ser notariados de acuerdo con las leyes y reglamentos administrativos, la persona física, jurídica u otra organización correspondiente deberá solicitar la certificación ante notario a una institución notarial.