Red de conocimientos turísticos - Conocimientos sobre las estaciones solares - Alquilar una casa. Alquilé el segundo piso. El primer piso decía que teníamos una fuga de agua que hizo que se cayeran. ¿Soy responsable? o el propietario

Alquilar una casa. Alquilé el segundo piso. El primer piso decía que teníamos una fuga de agua que hizo que se cayeran. ¿Soy responsable? o el propietario

Sin embargo, el contrato de arrendamiento estipula que el arrendatario es responsable del mantenimiento de las tuberías de agua. Las fugas de agua en la casa alquilada son responsabilidad del arrendador.

Como resultado, la gente de abajo también se cayó.

El propietario no tiene nada que ver con el inquilino.

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Ley de Contratos

Artículo 220 Mantenimiento de los Bienes Arrendados

< El arrendador deberá cumplir con las obligaciones de mantenimiento del bien arrendado, salvo pacto en contrario de las partes.

Artículo 221 El arrendador deberá realizar las obligaciones de alimentos.

Cuando el bien arrendado necesite reparación, el arrendatario podrá exigir al arrendador su reparación en un plazo razonable. Si el arrendador incumple sus obligaciones de mantenimiento, el arrendatario podrá realizar las reparaciones por su cuenta, siendo los gastos de reparación a cargo del arrendador. Si el mantenimiento del bien arrendado afecta al uso del arrendatario, se reducirá la renta o se ampliará en consecuencia el plazo del arrendamiento.