Red de conocimientos turísticos - Conocimientos sobre las estaciones solares - Después de firmar un contrato de alquiler, ¿todavía tengo que quedarme un año?
Después de firmar un contrato de alquiler, ¿todavía tengo que quedarme un año?
Análisis jurídico: No necesariamente. Si pasa algo, puede cancelar el contrato de arrendamiento con anticipación y negociar con el arrendador para cancelar el contrato de arrendamiento. Las partes no han pactado un término claro en el contrato; si las partes acuerdan un plazo de arrendamiento superior a seis meses, deberán hacerlo por escrito. Si las partes no toman la forma por escrito, se considerará un contrato de arrendamiento por tiempo indefinido; si vencido el plazo del arrendamiento y el arrendatario continúa utilizando el inmueble arrendado y el arrendador no presenta objeción alguna, se mantendrá el contrato de arrendamiento original; ser válido, pero el plazo del arrendamiento es incierto.
Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”
Artículo 705 El plazo del arrendamiento no podrá exceder de veinte años. Si tiene más de veinte años, la parte sobrante será inválida. Cuando expire el plazo de arrendamiento, las partes podrán renovar el contrato de arrendamiento, sin embargo, el plazo de arrendamiento acordado no podrá exceder de veinte años a partir de la fecha de renovación.
Artículo 706 Si las partes no cumplieran los trámites de inscripción y presentación del contrato de arrendamiento de conformidad con lo dispuesto en las leyes y reglamentos administrativos, la validez del contrato no se verá afectada.