Red de conocimientos turísticos - Conocimientos sobre las estaciones solares - El contrato de arrendamiento no se renovará al vencimiento.

El contrato de arrendamiento no se renovará al vencimiento.

Subjetividad jurídica:

Si el contrato de arrendamiento no ha sido prorrogado, las partes podrán negociar y firmar un nuevo contrato de arrendamiento. Según el artículo 704 del Código Civil, el contenido de un contrato de arrendamiento incluye generalmente términos como nombre, cantidad, finalidad, plazo del arrendamiento, alquiler y su plazo y forma de pago, mantenimiento del arrendamiento, etc. El artículo 733 establece que cuando expire el plazo del arrendamiento, el arrendatario deberá devolver el bien arrendado. Los bienes arrendados devueltos deberán estar en el estado en que fueron utilizados según el contrato o la naturaleza del bien arrendado. El artículo 734 estipula que si expira el plazo de arrendamiento y el arrendatario continúa utilizando el bien arrendado y el arrendador no presenta objeciones, el contrato de arrendamiento original seguirá siendo válido, pero el plazo del arrendamiento es incierto. Al vencimiento del plazo del arrendamiento, el arrendatario tiene derecho de prioridad para arrendar en las mismas condiciones.

Objetividad jurídica:

Artículo 734 del Código Civil: Si vencido el plazo del arrendamiento y el arrendatario continúa utilizando el inmueble arrendado y el arrendador no presenta objeción alguna, se renovará el contrato de arrendamiento original. El contrato continúa vigente, pero el plazo del arrendamiento es indefinido.