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¿Puedo emitir una factura por el depósito de alquiler?

Subjetividad Legal:

Los alquileres se pueden facturar. El arrendatario debe pagar el alquiler de acuerdo con el contrato. Una vez que el arrendador cobra el alquiler, emitirá una factura de arrendamiento a nombre del arrendatario o la solicitará a la oficina de impuestos local, que la emitirá en su nombre.

Objetividad jurídica:

Artículo 19 de las "Medidas de Gestión de Facturas"

Las unidades y personas que venden bienes, prestan servicios y realizan otras actividades comerciales operan externamente Para cobrar el pago, el beneficiario deberá emitir una factura al ordenante; en circunstancias especiales, el pagador emitirá una factura al beneficiario.

Artículo 20

Todas las unidades e individuos que se dediquen a actividades productivas y comerciales deberán solicitar facturas al beneficiario al comprar bienes, recibir servicios y pagar otras actividades comerciales. Al momento de obtener una factura no se permiten cambios de nombre y monto.