Red de conocimientos turísticos - Conocimientos sobre las estaciones solares - Se firmó un contrato de arrendamiento, pero durante el período de arrendamiento, la Parte A se niega a alquilarle a la Parte B. ¿La Parte A debe pagar una indemnización por daños y perjuicios?

Se firmó un contrato de arrendamiento, pero durante el período de arrendamiento, la Parte A se niega a alquilarle a la Parte B. ¿La Parte A debe pagar una indemnización por daños y perjuicios?

El período de arrendamiento comienza en febrero. Cuando se firma el contrato, se considera que el contrato está establecido, pero aún no ha entrado en vigor.

Si no alquilas en este momento no serás responsable por incumplimiento de contrato, sino por negligencia contractual.

La ley no estipula claramente el alcance de la compensación por responsabilidad por culpa contractual, pero generalmente se limita a las pérdidas reales.

Los posibles conceptos específicos son los siguientes:

(1) Gastos incurridos en la celebración del contrato, incluidos gastos de transporte, gastos de comunicación, gastos de inspección, gastos de comidas y alojamiento, etc.

(2) Gastos incurridos en la preparación para ejecutar o cumplir el contrato, tales como gastos de almacenamiento, fletes, seguros, etc.

(3) Costos del litigio u otros gastos derivados de reclamar que el contrato es inválido o revocable;

(4) Pérdidas de intereses sobre los gastos anteriores;

(5) Pérdidas indirectas derivadas de la pérdida de oportunidades para firmar contratos con otros.

El honorario de intermediación es un honorario que se indica al firmar el contrato, pero no es un reembolso por parte del agente, sino un reembolso por parte del arrendador.