Red de conocimientos turísticos - Conocimientos sobre las estaciones solares - ¿Qué debo hacer si mi inquilino incumple y se escapa? ¿Puedo llamar a la policía?

¿Qué debo hacer si mi inquilino incumple y se escapa? ¿Puedo llamar a la policía?

Análisis jurídico: Puedes llamar a la policía, pero se trata de un litigio civil. A la policía generalmente no le importa. Van y median. En este caso, el propietario puede negociar primero con el inquilino. Si la negociación fracasa, puede presentar una demanda ante el tribunal y solicitar la preservación de la propiedad. En caso de incumplimiento doloso del alquiler atrasado, el derecho a recuperar la vivienda podrá ejercerse conforme al contrato. Según las nuevas regulaciones, si un inquilino residencial no paga el alquiler durante tres meses en total y aún así no paga dentro de los 15 días posteriores a que el arrendador se lo recuerde, el arrendador puede rescindir el contrato de arrendamiento. Si el arrendatario se encuentra en mora durante tres meses, deberá cumplir con su obligación de pago. Si el arrendatario no paga durante 15 días, se puede rescindir el contrato de arrendamiento. En cuanto a las pérdidas, si el contrato de alquiler de la vivienda se rescinde por incumplimiento del contrato del inquilino, el arrendador podrá exigir al arrendatario la compensación de las pérdidas del alquiler durante el período en que la vivienda arrendada esté inactiva, pero el plazo máximo no podrá exceder de seis meses.

Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”

Artículo 577 Si una parte incumple sus obligaciones contractuales o el cumplimiento de sus obligaciones contractuales no se ajusta a las acuerdo, será responsable del desempeño continuo, Responsabilidad por incumplimiento del contrato, como tomar medidas correctivas o compensar pérdidas.

Artículo 578: Si una parte declara expresamente o demuestra con su propia conducta que no cumplirá sus obligaciones contractuales, la otra parte podrá exigirle que responda por el incumplimiento del contrato antes de la expiración del plazo de ejecución. .

Artículo 579: Si una de las partes deja de pagar el precio, la remuneración, el alquiler o los intereses, o deja de cumplir otras obligaciones dinerarias, la otra parte podrá exigir el pago.

Artículo 584: Si una parte incumple sus obligaciones contractuales o las cumple de manera incompatible con lo pactado, causando pérdidas a la otra parte, el monto de la indemnización será igual a las pérdidas causadas por el incumplimiento. del contrato, incluso después de la ejecución del mismo. Los beneficios que puedan obtenerse, sin embargo, no podrán exceder de las pérdidas que la parte incumplidora prevea o hubiera debido prever al celebrar el contrato.