¿La factura de alquiler la emite el propietario o el inquilino?
1. Términos básicos. Los contribuyentes generales que venden bienes (incluidos los bienes que se consideran vendidos) y servicios sujetos a impuestos, así como servicios no sujetos a impuestos que están sujetos al IVA según lo estipulado en los detalles de implementación del Reglamento Provisional del Impuesto al Valor Agregado, deben emitir facturas especiales a la comprador, a menos que se especifique lo contrario.
2. Disposiciones especiales. Los contribuyentes del IVA general no pueden emitir facturas especiales con IVA en las siguientes circunstancias.
(1) Vender artículos sujetos a impuestos a consumidores;
(2) Vender artículos libres de impuestos.
(3) Vender bienes en el extranjero declarados para exportación y venta; servicios sujetos a impuestos;
(4) Usar bienes para artículos no sujetos a impuestos;
(5) Usar bienes para bienestar colectivo o consumo personal;
(6) Prestación de servicios no sujetos a impuestos (excepto el impuesto al valor agregado), transferencia de activos intangibles o venta de bienes inmuebles. Al vender artículos sujetos a impuestos a pequeños contribuyentes, no se permiten facturas especiales.
Base jurídica: "Medidas de gestión de facturas de la República Popular China"
Artículo 19: Las unidades y las personas que venden bienes, prestan servicios y participan en otras actividades comerciales cobran pagos de operaciones externas. La persona deberá emitir una factura al ordenante; en circunstancias especiales, el ordenante emitirá una factura al beneficiario.
Artículo 20 Todas las unidades y personas que se dediquen a actividades productivas y comerciales deberán solicitar facturas al beneficiario al realizar pagos por bienes adquiridos, servicios recibidos y otras actividades comerciales. Al momento de obtener una factura no se permiten cambios de nombre y monto.