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¿Existe un derecho de tanteo cuando expira el contrato de alquiler?

El derecho de tanteo se refiere al derecho a tener prioridad sobre otros en las mismas condiciones como el mismo precio, forma de pago, plazo, etc. Entre quienes tienen derecho de preferencia se encuentran los propietarios de viviendas y los inquilinos. Cuando el propietario venda una casa en alquiler, deberá notificarlo al arrendatario con tres meses de antelación, y éste tendrá derecho de tanteo en las mismas condiciones.

El artículo 118 de las "Varias Dictámenes sobre los Principios Generales del Derecho Civil" estipula: "El arrendador deberá notificar al arrendatario con tres meses de antelación la venta de la casa. El arrendatario tiene derecho de tanteo en virtud de las mismas condiciones; el arrendador incumple estas disposiciones. Si la casa se vende, el arrendatario puede solicitar al Tribunal Popular que declare inválida la venta de la casa "

Si su casa se vende y el inquilino quiere. Para comprar su casa, tiene motivos para demandarlo por infringir su derecho de preferencia, por lo que será mejor que le pida que redacte un acuerdo para renunciar al derecho de preferencia. En cuanto a su miedo a echarlo, no hay absolutamente ninguna necesidad. Existe un principio en el derecho civil: "la venta no rompe el contrato de arrendamiento", lo que significa que cuando se vende la casa, el contrato de arrendamiento continúa hasta el final del contrato.