Debe informarle al propietario con unos días de antelación que no va a alquilar.
Base jurídica: Artículo 563 del Código Civil El contrato podrá resolverse en cualquiera de las siguientes circunstancias:
(1) No se puede alcanzar el objeto del contrato por causa de fuerza mayor ;
(2) Antes del vencimiento del plazo de ejecución, una de las partes expresamente expresa o demuestra por su propio comportamiento que no cumplirá con la obligación principal;
(3) Una de las partes retrasa el cumplimiento de la obligación principal y no cumple dentro de un período razonable después de haber sido instado.
(4) Una parte retrasa el cumplimiento de sus deudas o comete otros incumplimientos del contrato, lo que resulta en el incumplimiento. el objeto del contrato;
(5) Las demás circunstancias previstas por la ley.
Para un contrato indefinido que implique el cumplimiento continuado de deudas, las partes podrán resolver el contrato en cualquier momento, pero deberán notificarlo a la otra parte antes de un plazo razonable.