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El límite superior legal para la indemnización por daños y perjuicios en un contrato de arrendamiento

Los contratos de arrendamiento generalmente estipulan daños y perjuicios, pero de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Contratos, el monto de los daños y perjuicios no excederá el monto de los beneficios debidos a la parte ejecutada dentro del período de cumplimiento de la deuda estipulado en el contrato. Si no hay acuerdo sobre la indemnización por daños y perjuicios, la pérdida neta no se utilizará como estándar de cálculo para la indemnización por daños y perjuicios.

Un contrato de arrendamiento se refiere a un contrato económico firmado por el arrendador y el arrendatario para acordar el arrendamiento de una casa u otro inmueble. Durante el proceso de arrendamiento, ambas partes deben cumplir con los términos acordados en el contrato. Si incumplen el contrato, deben asumir las responsabilidades legales correspondientes. La indemnización por daños y perjuicios es una cantidad punitiva de dinero acordada que se utiliza para compensar las pérdidas y los problemas causados ​​por el incumplimiento del contrato y, por lo general, están escritas en los términos del contrato. Según el artículo 114 de la Ley de Contratos, el monto de la indemnización será negociado por las propias partes, pero no excederá el monto de los beneficios debidos a la parte que se haya cumplido durante el período de cumplimiento de la deuda estipulado en el contrato. Esto significa que el monto de la indemnización por daños y perjuicios debe basarse en la ejecución del contrato y no puede exceder el monto de los beneficios adeudados. Si no se llega a un acuerdo, la pérdida neta no se utilizará como estándar para calcular la indemnización por daños y perjuicios. Cabe señalar que si la parte infractora ha cumplido parte del contrato, la indemnización se calculará con base en la parte cumplida. Al mismo tiempo, si el monto de la indemnización por daños y perjuicios excede el rango de pérdida real, el tribunal puede declararlo inválido o reducir su monto.

Si no hay indemnización por daños y perjuicios en el contrato de arrendamiento, ¿qué responsabilidad legal debe asumir la parte infractora? Si no hay daños y perjuicios en el contrato de arrendamiento, aún debe manejarse de acuerdo con las disposiciones pertinentes de la ley contractual. Según el segundo párrafo del artículo 114 de la Ley de Contratos, si las partes no pueden ponerse de acuerdo sobre el monto de la indemnización por daños y perjuicios, la pérdida neta no se utilizará como estándar de cálculo para la indemnización por daños y perjuicios. En este caso, la parte infractora debe asumir sus obligaciones y compensar las pérdidas causadas por el incumplimiento. Si no se puede confirmar el monto real de la pérdida, se puede juzgar en función de los intereses de la parte infractora o de la dificultad de ejecutar el contrato, y la correspondiente responsabilidad de indemnización puede asumirse de conformidad con la ley.

El monto de la indemnización por daños y perjuicios en virtud del contrato de arrendamiento deberá cumplir con las disposiciones pertinentes de la Ley de Contratos y no excederá el monto de los beneficios debidos a la parte ejecutada durante el período de ejecución de la deuda del contrato. Si no hay acuerdo sobre la indemnización por daños y perjuicios, el asunto se tratará de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley de Contratos y la responsabilidad de la parte incumplidora se determinará con base en la situación real. En la vida diaria, al firmar un contrato, ambas partes deben acordar cuidadosamente los términos relevantes para reducir la posibilidad de disputas.

Base legal:

Artículo 577 del "Código Civil de la República Popular China" Si una parte no cumple con sus obligaciones contractuales o cumple sus obligaciones contractuales de manera incompatible con el acuerdo, será responsable del desempeño continuo, Responsabilidad por incumplimiento de contrato, como tomar medidas correctivas o compensar pérdidas. Artículo 578 Si una de las partes declara expresamente o demuestra con su propia conducta que no cumplirá sus obligaciones contractuales, la otra parte podrá exigirle que responda por el incumplimiento del contrato antes de la expiración del plazo de ejecución. Artículo 579 Si una de las partes no paga el precio, la remuneración, el alquiler o los intereses, o no cumple otras obligaciones dinerarias, la otra parte podrá exigir el pago. Artículo 584 Si una parte incumple sus obligaciones contractuales o las cumple de manera incompatible con el acuerdo, causando pérdidas a la otra parte, el monto de la indemnización será igual a las pérdidas causadas por el incumplimiento del contrato, incluidos los beneficios que puede obtenerse después de la ejecución del contrato, sin embargo, la pérdida no excederá la pérdida que la parte infractora prevé o debería haber previsto al celebrar el contrato;