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¿Se pueden traspasar los terrenos arrendados?

Análisis jurídico: En el arrendamiento de terrenos de propiedad estatal, el arrendatario obtiene el derecho de uso del terreno arrendado. Una vez que el arrendatario paga el alquiler del terreno y completa el desarrollo y la construcción, el arrendatario puede subarrendar, transferir o hipotecar los derechos de uso del terreno arrendado con el consentimiento del departamento de administración de tierras o de acuerdo con el contrato de arrendamiento. El subarrendamiento, la transmisión o la hipoteca de derechos de uso de suelo arrendados deberán registrarse conforme a la ley. Si el arrendatario subarrenda o subarrenda el terreno arrendado a un tercero, el derecho de uso del terreno arrendado aún lo posee el arrendatario original. El arrendatario establece una relación de arrendamiento adicional con el tercero, y el tercero adquiere otros derechos sobre el. tierra. . Si el arrendatario transfiere el contrato de arrendamiento del terreno, los derechos y obligaciones estipulados en el contrato de arrendamiento se transferirán al tercero, y el tercero obtendrá el derecho de uso del terreno arrendado. El contrato de arrendamiento sigue siendo válido después del cambio de nombre.

Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”

Artículo 707 Si el plazo del arrendamiento es superior a seis meses, deberá constar por escrito. Artículo 707 Si las partes no confirman por escrito que el plazo del arrendamiento excede de seis meses, lo harán por escrito. Si las partes no determinan por escrito el plazo del arrendamiento, se considerará que es un arrendamiento indefinido. Si el plazo del arrendamiento es fijo, se considerará un arrendamiento por tiempo indefinido.

Artículo 710 Si el arrendatario utiliza el bien arrendado de acuerdo con el método convenido o la naturaleza del bien arrendado, causando pérdidas al bien arrendado, no estará obligado a indemnización.

Artículo 715 El arrendatario podrá mejorar o ampliar el bien arrendado con el consentimiento del arrendador. Si el arrendatario mejora o añade otros elementos al bien arrendado sin el consentimiento del arrendador, el arrendador podrá exigir al arrendatario que lo devuelva a su estado original o que compense las pérdidas.