Red de conocimientos turísticos - Conocimientos sobre las estaciones solares - Firmé el contrato, pagué el depósito, pero no pagué el alquiler. Si no quiero alquilar, ¿puedo recuperar el depósito?

Firmé el contrato, pagué el depósito, pero no pagué el alquiler. Si no quiero alquilar, ¿puedo recuperar el depósito?

Subjetividad legal:

Después de firmar el contrato de alquiler, pagar el depósito y realizar la salida, puede negociar con el propietario la rescisión del contrato de alquiler y la salida si el propietario se niega; para negociar, es unilateral para el arrendatario. En caso de incumplimiento del contrato, el arrendador tiene derecho a retener el depósito correspondiente en concepto de indemnización por daños y perjuicios o exigir una indemnización por las pérdidas económicas correspondientes, pero si el bien arrendado pone en peligro la salud u otras circunstancias legales; En caso de resolución anticipada del contrato de alquiler, el inquilino no tendrá que pagar ninguna indemnización. Objetividad jurídica:

Artículo 707 del Código Civil Si el plazo del arrendamiento es superior a seis meses, deberá constar por escrito. Si las partes no adoptan la forma escrita y no pueden determinar el plazo del arrendamiento, se considerará un arrendamiento por tiempo indefinido. Artículo 730 del Código Civil: Si las partes no se han puesto de acuerdo sobre el plazo del arrendamiento o el contrato es confuso y no puede determinarse conforme a lo dispuesto en el artículo 510 de esta Ley, se considerará que es un arrendamiento por tiempo indefinido; Las partes podrán resolver el contrato en cualquier momento, pero deberán notificarlo a la otra parte dentro de un plazo razonable.