¿Cuál es el tratamiento contable para los arrendadores de arrendamientos financieros?
1. Fecha de inicio del arrendamiento:
Débito: cuentas a cobrar a largo plazo (pago mínimo del arrendamiento + costos directos iniciales),
Débito: valor residual no garantizado,
Préstamo: activo en arrendamiento financiero (valor contable original),
Préstamo: depósito bancario (coste directo inicial),
Crédito: Ingresos no operativos (la diferencia entre el valor razonable y el valor en libros del activo de arrendamiento financiero; en caso contrario, débito "Gastos no operativos"),
Préstamo: Ingresos financieros no realizados [(pago mínimo de arrendamiento + valor del saldo no garantizado) - (valor actual del pago mínimo del arrendamiento + valor actual del valor residual no garantizado)],
2. Realizar el reparto de ingresos financieros:
Préstamo: ingresos financieros no realizados,< /p >
Préstamos: ingresos por alquiler (coste amortizado de las cuentas por cobrar a largo plazo al inicio del período multiplicado por el tipo de interés incluido en el arrendamiento),
3. >
Débito: depósitos bancarios,
Préstamos: cuentas por cobrar a largo plazo,
4. Enajenación de rentas contingentes:
Cuando realmente ocurre, se produce. se reconoce como ingreso del período actual:
Débito: cuentas por cobrar o depósitos bancarios,
Préstamo: ingresos por alquiler (como ingresos operativos y por acciones, etc.),
5. Enajenación del valor residual no garantizado (Única del arrendador):
A. Cuando el importe recuperable del valor residual no garantizado sea inferior a su valor en libros,
Débito: Pérdida por deterioro del activo,
Préstamo: Provisión por deterioro del valor residual no garantizado,
La inversión neta en alquiler es igual a (la diferencia entre la suma del monto mínimo de reembolso y el valor residual no garantizado valor y el ingreso financiero no realizado), es decir, el monto mínimo de reembolso El valor presente + el valor presente del valor residual no garantizado.
Cuando el importe del deterioro del valor residual no garantizado es mayor que la disminución de la inversión neta en arrendamiento:
Debito: ingresos financieros no realizados,
Crédito: Pérdida por deterioro del valor del activo,
B. Restauración del valor residual no garantizado de la pérdida reconocida:
Débito: Provisión por deterioro del valor residual no garantizado,
Crédito: Pérdida por deterioro del valor del activo ,
Cuando el importe de la provisión por deterioro del valor residual no garantizado sea mayor que el incremento de la inversión neta en arrendamiento, la diferencia se tratará de la siguiente manera:
Débito: Pérdida por deterioro del activo ,
Préstamos: ingresos por financiación no realizados,
6. Provisión para insolvencias por cuentas a cobrar por arrendamiento financiero:
Según cuentas por cobrar por arrendamiento menos financiaciones no realizadas Provisión por deterioro de ingresos es el pago mínimo del arrendamiento menos los ingresos financieros no realizados.
Cuando se produce deterioro:
Débito: pérdida por deterioro del activo,
Crédito: provisión para insolvencias,
Para provisiones por deterioro verdaderamente irrecuperables, Las pérdidas por insolvencia deben reconocerse:
Débito: provisiones por insolvencia,
Crédito: pérdidas por deterioro de activos,
Las pérdidas por insolvencia por reventa se han confirmado, si se recuperan posteriormente, se utilizará el importe real recuperado:
Débito: cuentas por cobrar a largo plazo - cuentas por cobrar por arrendamiento financiero,
Crédito: provisión para insolvencias,
Débito: depósitos bancarios,
Crédito: cuentas por cobrar a largo plazo - cuentas por cobrar por arrendamiento financiero,
7. Al devolver los activos arrendados:
Sí Valor residual garantizado, no. valor residual no garantizado:
Cuando el activo se recupera, el valor registrado del activo de arrendamiento financiero se mide de acuerdo con el valor en libros, en lugar del valor razonable del activo recuperado. Por lo tanto, el activo de arrendamiento financiero se mide. registrado en este momento El importe cuyo valor es igual al valor residual de la garantía:
Préstamo: activos de arrendamiento financiero,
Préstamos: cuentas por cobrar a largo plazo,
Si el valor razonable de los activos recuperados es menor que la garantía Por el valor residual, la compensación por la pérdida de valor debe ser cargada al arrendatario: esta pérdida no puede reflejarse en la partida de recuperación y sólo se reflejará cuando el activo sea enajenado de. Generalmente, los activos recuperados en régimen de arrendamiento financiero no pueden volver a utilizarse, sino que deben enajenarse.
Recuperación de compensaciones:
Débito: otras cuentas por cobrar,
Crédito: ingresos no operativos,
Valor residual garantizado y no. -valor residual garantizado:
El valor registrado del activo de arrendamiento financiero recuperado es igual al importe del valor residual garantizado más el valor residual no garantizado:
Debito: activo de arrendamiento financiero,
p>Préstamos: cuentas por cobrar a largo plazo (valor residual garantizado),
Préstamos: valor residual no garantizado,
El valor de los activos recuperados una vez deducido el el valor residual no garantizado es inferior a Si el valor residual está garantizado, se debe cobrar una compensación al arrendatario: otras cuentas por cobrar,
Préstamo: ingresos no operativos,
c. valor residual garantizado, pero existe un valor residual no garantizado:
El valor registrado de los activos de arrendamiento financiero es igual al valor residual no garantizado:
Debito: activos de arrendamiento financiero,
Préstamo: valor residual no garantizado,
p>
d No existe valor residual garantizado ni valor residual no garantizado:
No existe tratamiento contable. .
8. Prioridad para renovar el contrato de arrendamiento:
A. Si el arrendatario ejercita el derecho de prioridad para renovar el arrendamiento, el arrendador deberá tratarlo como si el arrendamiento hubiera existido siempre y realizar el tratamiento contable correspondiente si es posible imputar no utilizados Realización de ingresos financieros:
B Recuperar activos y devolver activos arrendados como se indica arriba:
Débito: depósitos bancarios,
p>
Crédito: ingresos no operacionales,
9. En la compra de activos arrendados:
Precio recibido:
Débito: depósito bancario, p>
Crédito: cuentas por cobrar a largo plazo (precio de compra con descuento),
Si hay un valor residual no garantizado:
Débito: Gastos no operativos,
Crédito: Valor residual no garantizado.