Red de conocimientos turísticos - Conocimientos sobre las estaciones solares - ¿Existe compensación por el alquiler de vivienda pública durante 30 años?

¿Existe compensación por el alquiler de vivienda pública durante 30 años?

Subjetividad legal:

Existe compensación por la demolición de viviendas públicas de alquiler, incluida la pérdida de la diferencia de alquiler en terrenos de reemplazo, tarifas de decoración de la casa, tarifas de reasentamiento y tarifas de reubicación, subsidios e incentivos por dificultades, compensación por la reubicación de diversos electrodomésticos en la casa y viviendas no residenciales. Compensación por pérdidas operativas, etc. , el arrendatario deberá respetar el principio de una acción para cada persona y de igual distribución.

Objetividad jurídica:

Artículo 710 del “Código Civil” Si el arrendatario utiliza el bien arrendado de acuerdo con la forma convenida o la naturaleza del bien arrendado, causando pérdidas al propiedad arrendada, no será responsable de ninguna pérdida y tendrá obligación de indemnización.