Red de conocimientos turísticos - Conocimientos sobre las estaciones solares - La fecha del contrato de arrendamiento no coincide con la fecha de firma.

La fecha del contrato de arrendamiento no coincide con la fecha de firma.

Subjetividad jurídica:

Según el artículo 705 del Código Civil, el plazo del arrendamiento no podrá exceder de 20 años. Si tiene más de veinte años, la parte sobrante será inválida. Cuando expire el plazo de arrendamiento, las partes podrán renovar el contrato de arrendamiento, sin embargo, el plazo de arrendamiento acordado no podrá exceder de veinte años a partir de la fecha de renovación. El artículo 706 establece que si las partes no completan los trámites de registro y presentación del contrato de arrendamiento de conformidad con lo establecido en las leyes y reglamentos administrativos, la validez del contrato no se verá afectada. El artículo 707 establece que si el plazo del arrendamiento es superior a seis meses, deberá constar por escrito. Si las partes no determinan por escrito el plazo del arrendamiento, se considerará que es un arrendamiento indefinido.

Objetividad jurídica:

Artículo 705 del Código Civil: El plazo del arrendamiento no podrá exceder de 20 años. Si tiene más de veinte años, la parte sobrante será inválida. Cuando expire el plazo de arrendamiento, las partes podrán renovar el contrato de arrendamiento, sin embargo, el plazo de arrendamiento acordado no podrá exceder de veinte años a partir de la fecha de renovación. Artículo 706 Si las partes no cumplieran los trámites de inscripción y presentación del contrato de arrendamiento de conformidad con lo dispuesto en las leyes y reglamentos administrativos, la validez del contrato no se verá afectada. Artículo 707 Si el plazo del arrendamiento es superior a seis meses, deberá constar por escrito. Si las partes no determinan por escrito el plazo del arrendamiento, se considerará que es un arrendamiento indefinido.