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Ley de Contratos de Daños no Antropológicos en Viviendas Alquiladas
Análisis jurídico: Si el alquiler no es un daño provocado por el hombre. Cuando el bien arrendado necesite reparación, el arrendatario podrá exigir al arrendador que lo repare en un plazo razonable. Si el arrendador incumple sus obligaciones de mantenimiento, el arrendatario podrá realizar las reparaciones por su cuenta, siendo los gastos de reparación a cargo del arrendador. Si el mantenimiento del bien arrendado afecta al uso del arrendatario, se reducirá el alquiler o se ampliará en consecuencia el plazo del arrendamiento. El arrendador deberá cumplir con las obligaciones de mantenimiento del bien arrendado, salvo pacto en contrario de las partes.
Base jurídica: Artículo 321 del Código Civil de la República Popular China. Cuando el bien arrendado necesite reparación, el arrendatario podrá exigir al arrendador que lo repare en un plazo razonable. Si el arrendador incumple sus obligaciones de mantenimiento, el arrendatario podrá realizar las reparaciones por su cuenta, siendo los gastos de reparación a cargo del arrendador. Si el mantenimiento del bien arrendado afecta al uso del arrendatario, se reducirá el alquiler o se ampliará en consecuencia el plazo del arrendamiento.