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Qué hacer con las cosas que dejan los inquilinos

Análisis jurídico: ¿Es válido un contrato de subarrendamiento de casa sin el consentimiento del arrendador? Si no existen otras razones inválidas, es válido un contrato de subarrendamiento de una casa sin el consentimiento del arrendador. Un contrato de arrendamiento es un contrato que establece la relación entre los derechos y las deudas del acreedor, más que un contrato que tiene como objetivo producir el efecto de cambios en los derechos de propiedad. Si el arrendador tiene derechos de propiedad y disposición sobre la propiedad arrendada no es algo que deba considerarse en el contrato de arrendamiento. El contenido del contrato de arrendamiento es que el arrendador entrega el bien arrendado al arrendatario para su posesión y uso, y éste paga el alquiler correspondiente. La transferencia de los derechos de posesión y uso del bien arrendado obtenidos por el arrendatario conforme al contrato al subarrendatario no constituye una enajenación del bien arrendado. El párrafo 2 del artículo 224 de la "Ley de Contratos" estipula: "Si el arrendatario subarrenda sin el consentimiento del arrendador, éste podrá rescindir el contrato". Se puede observar que si el arrendatario subarrenda sin el consentimiento del arrendador, el remedio previsto por la Ley de Contratos para el arrendador es rescindir el contrato de arrendamiento original, en lugar de declarar inválido el contrato de subarrendamiento.

Base jurídica: “República Popular China y Código Civil”

Artículo 707 Si el plazo del arrendamiento es superior a seis meses, deberá constar por escrito. Artículo 707 Si las partes no utilizan la forma escrita y no pueden confirmar el período de arrendamiento por más de seis meses, utilizarán la forma escrita. Si las partes no adoptan una forma escrita y no pueden determinar el plazo del arrendamiento, se considerará un arrendamiento por tiempo indefinido. Si el plazo del arrendamiento es fijo, se considerará un arrendamiento por tiempo indefinido.

Artículo 710 Si el arrendatario utiliza el bien arrendado conforme al método convenido o según la naturaleza del bien arrendado, causando daños al bien arrendado, no estará obligado a indemnización.

Artículo 715 El arrendatario podrá, con el consentimiento del arrendador, mejorar el bien arrendado o añadir otros bienes. Si el arrendatario mejora o añade otras cosas al bien arrendado sin el consentimiento del arrendador, el arrendador podrá solicitar al arrendatario que lo devuelva a su estado original o que compense las pérdidas.