Firmé un contrato de alquiler, pero no quiero alquilarlo todavía.
Si deseas devolver el inmueble antes de que expire el contrato de arrendamiento, deberás pagar una indemnización según lo estipulado en el contrato de arrendamiento. Sin embargo, si el arrendatario y el arrendador acuerdan rescindir anticipadamente el contrato de arrendamiento, o si el bien arrendado es perjudicial para la salud y obliga a rescindir anticipadamente el contrato de arrendamiento, el arrendatario no está obligado a pagar compensación. Según el artículo 724 del Código Civil: Si el bien arrendado no puede utilizarse por causas ajenas al arrendatario en cualquiera de las siguientes circunstancias, el arrendatario podrá resolver el contrato:
(1) El bien arrendado es embargado por autoridades judiciales o administrativas La autoridad sella o retiene el inmueble conforme a la ley;
(2) El derecho de arrendamiento está en disputa;
(3) El arrendado propiedad viola las disposiciones obligatorias de las leyes y reglamentos administrativos sobre las condiciones de uso.
Artículo 729
Si el objeto del contrato no puede realizarse por daño o pérdida parcial o total de la cosa arrendada, el arrendatario podrá resolver el contrato.
Artículo 730
Si las partes no se hubieren puesto de acuerdo sobre el plazo del arrendamiento o el contrato fuere confuso, y no pueda determinarse conforme a lo dispuesto en el artículo 510 de esta Ley, se se considerará como un contrato de arrendamiento por tiempo indefinido; las partes podrán rescindir el contrato en cualquier momento, pero deberán notificarlo a la otra parte dentro de un plazo razonable.
Artículo 731
Si el bien arrendado pone en peligro la seguridad o la salud del arrendatario, éste podrá resolver el contrato en cualquier momento, incluso si el arrendatario conociera la calidad del bien arrendado. al celebrar el contrato.
En segundo lugar, lo dispuesto en el Código Civil sobre los contratos de arrendamiento
El artículo 703 del contrato de arrendamiento es que el arrendador entrega el bien arrendado al arrendatario para su uso y beneficio, y el arrendatario paga el contrato de alquiler.
Artículo 704 El contenido del contrato de arrendamiento comprende generalmente el nombre, cantidad, finalidad, plazo del arrendamiento, alquiler, plazo y forma de pago, mantenimiento y demás condiciones del objeto arrendado.
Artículo 705 El plazo del arrendamiento no excederá de veinte años. Si tiene más de veinte años, la parte sobrante será inválida.
Cuando expire el plazo de arrendamiento, las partes podrán renovar el contrato de arrendamiento, sin embargo, el plazo de arrendamiento acordado no podrá exceder de veinte años a partir de la fecha de renovación.
Artículo 706 Si las partes no cumplieran los trámites de inscripción y presentación del contrato de arrendamiento de conformidad con lo dispuesto en las leyes y reglamentos administrativos, la validez del contrato no se verá afectada.
Artículo 707 Si el plazo del arrendamiento es superior a seis meses, deberá constar por escrito. Si las partes no determinan por escrito el plazo del arrendamiento, se considerará que es un arrendamiento indefinido.
Artículo 708 El arrendador deberá entregar el bien arrendado al arrendatario conforme al contrato y conservar el bien arrendado conforme al uso convenido durante el período del arrendamiento.
Artículo 709
El arrendatario deberá utilizar el bien arrendado de acuerdo con la forma convenida. Si no hay acuerdo sobre el uso del bien arrendado o el acuerdo es confuso y no puede determinarse conforme a lo dispuesto en el artículo 510 de esta Ley, el bien arrendado se utilizará conforme a su naturaleza.
Artículo 710 Si el arrendatario utiliza el bien arrendado de acuerdo con el método convenido o la naturaleza del bien arrendado, causando pérdidas al bien arrendado, no estará obligado a indemnización.
Artículo 711 Si el arrendatario no utiliza el bien arrendado de acuerdo con la forma convenida o con la naturaleza del bien arrendado, causando pérdidas al bien arrendado, el arrendador podrá resolver el contrato y exigir una indemnización por el pérdidas.
Artículo 712 El arrendador deberá cumplir con las obligaciones de mantenimiento del bien arrendado, salvo pacto en contrario de las partes.
Capítulo 713
Cuando el bien arrendado necesite reparación, el arrendatario podrá exigir al arrendador su reparación en un plazo razonable. Si el arrendador incumple sus obligaciones de mantenimiento, el arrendatario podrá realizar las reparaciones por su cuenta, siendo los gastos de reparación a cargo del arrendador. Si el mantenimiento del bien arrendado afecta al uso del arrendatario, se reducirá el alquiler o se ampliará en consecuencia el plazo del arrendamiento.
Si el bien arrendado necesitare reparación por culpa del arrendatario, el arrendador no asumirá las obligaciones de mantenimiento previstas en el párrafo anterior.
Artículo 714 El arrendatario deberá conservar adecuadamente el bien arrendado. Si el bien arrendado se daña o se pierde por mal almacenamiento, el arrendatario será responsable de la indemnización.
Artículo 715 El arrendatario podrá mejorar o ampliar el bien arrendado con el consentimiento del arrendador.
El contenido específico del contrato de alquiler debe juzgarse estrictamente de acuerdo con los procedimientos y requisitos estipulados en las leyes antes mencionadas.
Los términos del contrato para diferentes actividades de arrendamiento son diferentes y ambas partes pueden negociar para abordar las situaciones relevantes. Si la negociación fracasa, es necesario seguir los canales legales.