¿Cómo se devuelve la fianza al inquilino al alquilar una casa?
Base Jurídica
Artículo 394 del Código Civil
Para asegurar el cumplimiento de las deudas, el deudor o un tercero no podrá transferir la posesión del propiedad, pero si la propiedad está hipotecada a favor de un acreedor y el deudor no paga las deudas vencidas o realiza la hipoteca de conformidad con el acuerdo de las partes, el acreedor tendrá derecho a recibir prioridad en el pago de la propiedad.
El deudor o tercero señalado en el párrafo anterior es el deudor hipotecario, el acreedor es el acreedor hipotecario, y el inmueble que da garantía es el inmueble hipotecado.
Artículo 410
Si el deudor no cumple con la deuda debida ni realiza el derecho hipotecario según lo acordado por las partes, el acreedor hipotecario podrá acordar con el deudor hipotecario la conversión del bien hipotecado en propiedad. precio rebajado o para subastar o vender el inmueble hipotecado. Se pagará primero el precio del inmueble. Si el acuerdo perjudica los intereses de otros acreedores, los demás acreedores pueden solicitar al Tribunal Popular que revoque el acuerdo.
Si el acreedor hipotecario y el deudor hipotecario no pueden llegar a un acuerdo sobre el método de realización del derecho hipotecario, el acreedor hipotecario podrá solicitar al Tribunal Popular la subasta o venta del bien hipotecado.
Si el inmueble hipotecado se rebaja o se vende, se hará referencia al precio de mercado.