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El contrato de arrendamiento no está en disputa.

Análisis legal: Método 1: En circunstancias normales, después de la expiración del contrato de alquiler de la casa, los derechos y obligaciones de ambas partes en el contrato original han terminado. Es necesario renegociar las nuevas condiciones de arrendamiento, incluidos el alquiler y el plazo. Si ambas partes no están de acuerdo y no pueden llegar a un nuevo contrato, la relación de arrendamiento no puede continuar. Sin embargo, el arrendador debe dar al arrendatario tiempo suficiente para desalojar el local. No existe un requisito legal para un límite de tiempo específico y se puede determinar en función de la cantidad de artículos en la casa y la dificultad de encontrar un alquiler en el área.

Método 2: En las leyes y reglamentos pertinentes de nuestro país, no existe una disposición clara sobre la prioridad del arrendamiento de viviendas, y no existe una base legal para el "derecho de prioridad en el arrendamiento". El derecho de tanteo se refiere al derecho del arrendatario original a tener prioridad sobre otros terceros cuando el contrato de arrendamiento original de la casa expira y requiere renovación.

Método 3: Si la empresa intermediaria de forma privada divide la cocina en casas para alquilar. Si viola el acuerdo entre las dos partes y le causa inconvenientes, puede pedirle que asuma la responsabilidad de la compensación. Si no le hace daño, pero viola la ley de protección contra incendios y otras leyes y regulaciones, puede informarlo a los departamentos correspondientes, pero no ayudará a resolver su problema.

Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”

Artículo 144 Son nulos los actos jurídicos civiles realizados por personas sin capacidad para conducta civil.

Artículo 146: Son nulos los actos jurídicos civiles realizados por el actor y la contraparte con falsa intención. La validez de los actos jurídicos civiles encubiertos con falsas intenciones se regulará de conformidad con las disposiciones legales pertinentes.

Artículo 153 Son nulos los actos jurídicos civiles que violen las disposiciones imperativas de las leyes y reglamentos administrativos. Sin embargo, las disposiciones imperativas no invalidan los actos jurídicos civiles excepto aquellos. Son nulas las acciones judiciales civiles que atenten contra el orden público y las buenas costumbres.