¿Tengo que pagar una indemnización por daños y perjuicios por el retraso en el pago del alquiler?
(1) El contrato estipula el método de cálculo de la indemnización por daños y perjuicios.
Si hay acuerdo, prevalecerá el acuerdo. Sin embargo, si se acuerda que la indemnización es demasiado baja, según la interpretación judicial: si la casa se entrega con retraso, el alquiler durante el período de entrega atrasado se calculará sobre la base de los estándares de alquiler para casas similares en el mismo lugar anunciados por las autoridades competentes pertinentes o evaluados por una agencia de tasación calificada.
(2) El contrato no estipula el método de cálculo de la indemnización por daños y perjuicios.
Si el contrato no estipula el método de cálculo de la indemnización, se puede llegar a un acuerdo complementario. Si no puede ser complementado, el “Contrato de Preventa de Vivienda Comercial” firmado por ambas partes es legal, auténtico y válido. Si el desarrollador no entrega la casa en el plazo acordado, constituye un incumplimiento de contrato y asumirá la responsabilidad. incumplimiento de contrato. La sanción del promotor por retraso en la entrega de la vivienda consta de tres partes: precio pagado de la vivienda, tipo de interés y plazo de vencimiento.
Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”
Artículo 577 Si una parte incumple sus obligaciones contractuales o el cumplimiento de sus obligaciones contractuales no se ajusta a las acuerdo, será responsable del desempeño continuo, Responsabilidad por incumplimiento del contrato, como tomar medidas correctivas o compensar pérdidas.
Artículo 578: Si una parte declara expresamente o demuestra con su propia conducta que no cumplirá sus obligaciones contractuales, la otra parte podrá exigirle que responda por el incumplimiento del contrato antes de la expiración del plazo de ejecución. .
Artículo 579: Si una de las partes deja de pagar el precio, la remuneración, el alquiler o los intereses, o deja de cumplir otras obligaciones dinerarias, la otra parte podrá exigir el pago.
Artículo 584: Si una parte incumple sus obligaciones contractuales o las cumple de manera incompatible con lo pactado, causando pérdidas a la otra parte, el monto de la indemnización será igual a las pérdidas causadas por el incumplimiento. del contrato, incluso después de la ejecución del mismo. Los beneficios que puedan obtenerse, sin embargo, no podrán exceder de las pérdidas que la parte incumplidora prevea o hubiera debido prever al celebrar el contrato.