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Arrendamiento financiero y recaudación del impuesto al valor agregado

Comprende el problema. Sólo se puede cobrar el IVA a A en ABC porque es el vendedor del activo. Por supuesto, el impuesto se transfiere a B, porque el impuesto al valor agregado finalmente se transfiere a los consumidores. Hablemos primero de B y C. Su banco de arrendamiento no está dentro del alcance del IVA y está sujeto al impuesto comercial.

“Respuesta al primer piso: El compromiso final se le da al usuario, por lo que los usuarios finales de la relación de arrendamiento financiero son B (usuario propietario) y C (usuario propietario), lo que significa que no no ¿Tengo que acumular el "impuesto sobre el valor añadido soportado"? "b Se puede deducir el impuesto soportado.

"Respuesta al segundo piso: ¡Al final, A le pasó el cubo a B! ¿Cómo entender la frase "No se aplica el IVA al arrendamiento financiero"? "El arrendador dejó muy claro que su relación no está arreglado. El arrendamiento financiero es entre B y C y no tiene nada que ver con A, sino que la relación entre A y B es de compra y venta de bienes.