Red de conocimientos turísticos - Conocimientos sobre las estaciones solares - La casa alquilada quedó destrozada y algunas cosas sufrieron daños. ¿Puedo pedirle una compensación al segundo arrendador?

La casa alquilada quedó destrozada y algunas cosas sufrieron daños. ¿Puedo pedirle una compensación al segundo arrendador?

Esto depende de la situación específica. Primero, el segundo propietario debe firmar un contrato con el propietario para aceptar subarrendar. El segundo propietario no tuvo culpa alguna en la gestión del destrozo de la casa. Ha proporcionado servicios de alquiler adecuados y usted no tiene derecho a reclamar una indemnización al propietario.

Artículo 220 de la “Ley de Contratos”: El arrendador deberá cumplir con las obligaciones de mantenimiento del bien arrendado, salvo pacto en contrario de las partes.

Artículo 224 El arrendatario podrá, con el consentimiento del arrendador, subarrendar a un tercero el bien arrendado. Si el arrendatario subarrenda, el contrato de arrendamiento entre el arrendatario y el arrendador seguirá siendo válido. Si un tercero causa pérdidas al bien arrendado, el arrendatario deberá compensar las pérdidas. Si el arrendatario subarrenda sin el consentimiento del arrendador, éste podrá resolver el contrato.