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¿Puede el arrendador vender la casa a voluntad en el contrato de arrendamiento?

Durante el período del contrato de arrendamiento, el arrendador no puede vender la casa a voluntad. Según las disposiciones pertinentes del Código Civil, el arrendatario tiene derecho de tanteo para vender la casa arrendada al arrendador, y el arrendador tiene la obligación de notificar la venta y no impedirá al arrendatario el ejercicio del derecho de opción exclusiva.

Cabe señalar que el comprador aún no puede utilizar la casa y sólo puede pedirle al propietario original que pague una indemnización por daños y perjuicios o una compensación por las pérdidas cuando expire el contrato de arrendamiento.

Base Legal

Artículo 726 del Código Civil de la República Popular China

Si el arrendador vende la vivienda arrendada, deberá notificarlo al arrendatario en un plazo de plazo razonable antes de la venta. El arrendatario tiene derecho de tanteo en las mismas condiciones, salvo que la casa sea adquirida por el propietario o el arrendador venda la casa a un pariente cercano;

Una vez cumplido el arrendador su obligación de notificación, si el arrendatario no manifiesta expresamente su intención de compra en el plazo de quince días, se considerará que el arrendatario ha renunciado a su derecho de tanteo.

Artículo 728

Si el arrendador no notifica al arrendatario o concurren otras circunstancias que impidan al arrendatario ejercer el derecho de tanteo, el arrendatario podrá exigir al arrendador que soporte una indemnización responsabilidad . Sin embargo, no afecta a la validez del contrato de compraventa de vivienda celebrado entre el arrendador y un tercero.