¿Cuál es la tasa del impuesto al valor agregado sobre las tarifas de alquiler?
La tasa del impuesto al valor agregado para el arrendamiento de bienes raíces en 2020 es del 9% para los contribuyentes generales y del 5% para los contribuyentes de pequeña escala. Anteriormente, la tasa impositiva era del 11% después de la reforma del impuesto al IVA en 2016, y luego se ajustó al 9% en 2020.
Gestión fiscal de las tarifas de arrendamiento:
1. Registro fiscal: Las empresas de arrendamiento o las personas físicas deben registrarse ante las autoridades fiscales y obtener un certificado de registro fiscal;
2. Emisión de factura: al cobrar los honorarios de arrendamiento, se debe emitir una factura formal con IVA al arrendatario;
3 Declaración de impuestos: la empresa de arrendamiento o el individuo deberá declarar y pagar el IVA a las autoridades fiscales dentro del plazo especificado. tiempo;
4. Trato fiscal preferencial: según las políticas nacionales pertinentes, las actividades de arrendamiento pueden disfrutar de un trato fiscal preferencial en determinadas circunstancias;
5. inspeccionar el estado de pago de impuestos de las empresas de arrendamiento o de personas físicas para garantizar que los pagos de impuestos se realicen en cumplimiento.
En resumen, desde la reforma del impuesto al IVA de 2011, la tasa del IVA sobre el arrendamiento de bienes raíces se ha ajustado. Para 2020, la tasa impositiva para los contribuyentes generales se reducirá al 9% y el impuesto. El tipo para los pequeños contribuyentes será del 5%.
Base jurídica:
Medidas Provisionales para la Recaudación y Administración del Impuesto al Valor Agregado a los Contribuyentes que Prestan Servicios de Operación y Arrendamiento Inmobiliario
Artículo 4
Pago del Impuesto de Pequeña Escala La persona que arriende bienes inmuebles pagará el impuesto al valor agregado de conformidad con las siguientes disposiciones:
(1) Bienes inmuebles arrendados por entidades y particulares industriales y comerciales. Los hogares (excluidas las casas alquiladas por hogares industriales y comerciales individuales) estarán sujetos a un tipo impositivo del 5%. Para los hogares industriales y comerciales individuales que alquilan sus casas, el impuesto a pagar se calcula a una tasa impositiva del 5% menos el 1,5%.
Si la ubicación del inmueble y la ubicación de la institución no se encuentran en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá pagar impuestos por adelantado a la autoridad fiscal nacional competente donde se encuentre el inmueble de acuerdo a los métodos de tributación anteriores, y declarar el impuesto a la autoridad tributaria nacional competente donde esté ubicada la institución.
Si el inmueble y la institución están ubicados en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá declarar y pagar impuestos a la autoridad fiscal nacional competente donde esté ubicada la institución.
(2) Si otras personas alquilan bienes inmuebles (excluidas casas), el impuesto a pagar se calculará a una tasa impositiva del 5% y el impuesto se declarará a la autoridad fiscal local a cargo de la ubicación del inmueble. Si otras personas alquilan casas, el impuesto a pagar se calculará a una tasa impositiva del 5% menos el 1,5% y el impuesto se declarará a la autoridad fiscal local a cargo de la ubicación del inmueble.