¿Qué debo hacer si el inquilino se niega a ceder el derecho de tanteo?
En la compraventa de una casa, el arrendatario tiene derecho de tanteo y el arrendador deberá cumplir con la obligación de notificación.
Según el artículo 726 del Código Civil implementado en 2021, si el arrendador vende la casa arrendada, deberá notificarlo al arrendatario dentro de un plazo razonable antes de la venta, teniendo el arrendatario el derecho de tanteo en virtud de las mismas condiciones, sin embargo, se exceptúa si la casa es adquirida por el propietario o el arrendador vende la casa a un pariente cercano.
Una vez cumplido el arrendador su obligación de notificación, si el arrendatario no manifiesta expresamente su intención de compra en el plazo de quince días, se considerará que el arrendatario ha renunciado a su derecho de tanteo.
El artículo 728 establece que si el arrendador no notifica al arrendatario o existen otras circunstancias que le impidan ejercer su derecho de tanteo, el arrendatario podrá solicitar al arrendador que asuma la responsabilidad indemnizatoria. Sin embargo, no afecta a la validez del contrato de compraventa de vivienda celebrado entre el arrendador y un tercero.
Objetividad jurídica:
Derecho Civil
Artículo 725
Según el contrato de arrendamiento, durante la posesión del arrendatario, si la propiedad de Si cambia el objeto arrendado, la validez del contrato de arrendamiento no se verá afectada.
Derecho Civil
Artículo 726
Si el arrendador vende la casa arrendada, deberá comunicarlo al arrendatario dentro de un plazo razonable antes de la venta en las mismas condiciones. , existe un derecho de tanteo;
Salvo si la casa es adquirida por el propietario o el arrendador vende la casa a un familiar cercano.
Una vez cumplido el arrendador su obligación de notificación, si el arrendatario no manifiesta expresamente su intención de compra en el plazo de quince días, se considerará que el arrendatario ha renunciado a su derecho de tanteo.