¿Debería el propietario hacerse cargo de la cerradura de la puerta rota?
1. Se rompió antes del alquiler y debe ser reparada por el propietario
2. , el inquilino la repara por los siguientes motivos Cerraduras de puertas dañadas:
(1) El arrendador será responsable de reparar los daños naturales del inmueble arrendado o las reparaciones que acuerde el arrendador en el contrato. Si la casa no se repara a tiempo, causando un accidente destructivo y causando pérdida de propiedad o lesiones personales al arrendatario, el arrendatario será responsable de una compensación;
(2) Si la casa se alquila para actividades productivas y comerciales, la responsabilidad de reparación será asumida por ambas partes en el contrato de arrendamiento.
(3) El arrendatario cuidará bien y utilizará razonablemente el sitio arrendado y las instalaciones auxiliares, y no deberá. desmantelar, modificar, ampliar o añadir sin autorización. Si los cambios son realmente necesarios, se debe obtener el consentimiento del arrendador y firmar un contrato escrito;
(4) Si la casa sufre daños por culpa del arrendatario, el arrendatario será responsable de las reparaciones o compensación. .
Base legal: Artículo 24 de las “Medidas para la Administración del Arrendamiento de Vivienda Urbana”.
Si el arrendatario comete cualquiera de los siguientes actos, el arrendador tiene derecho a resolver el contrato y recuperar la vivienda, debiendo el arrendatario compensar las pérdidas resultantes:
( 1) Traspasar la casa arrendada sin autorización Subarrendar;
(2) Traspasar, prestar o permutar la casa arrendada sin autorización;
(3) Derribar o cambiar el uso de la casa arrendada casa sin autorización;
(4) Atrasos de alquiler acumulados por más de 6 meses; (5) Atrasos de alquiler por más de 6 meses sin motivos justificables (6) Uso de casas alquiladas para actividades ilegales; /p>
(7) Daño deliberado a la casa de alquiler;
(8) Otros métodos de recuperación previstos por las leyes y reglamentos.