¿Me enfrentaré a responsabilidad penal si me deshago de un automóvil revendido por una empresa de leasing?
1. Si el arrendador vende los bienes sabiendo que los bienes pertenecen a la Parte A, constituye un delito de estafa. Si el arrendador vende el bien a pesar de saber que el bien pertenece al arrendatario y haber firmado un contrato de arrendamiento, constituirá un delito de fraude contractual. En el derecho penal de nuestro país, además de las multas, el fraude contractual suele conllevar una pena de prisión superior a un año.
En segundo lugar, si el contrato de arrendamiento no se firma como se mencionó anteriormente y es solo un contrato verbal, no es necesario que usted asuma responsabilidad penal, pero sí tendrá que asumir responsabilidad civil. Si ambas partes no firman un contrato de arrendamiento durante el proceso de arrendamiento, no hay evidencia que demuestre que se trata de fraude contractual. En este momento, el arrendador no asume responsabilidad penal y el incidente se convierte en una disputa económica. Los arrendadores que venden activos pueden estar sujetos a responsabilidad civil. Debido a que los trámites del vehículo están en manos de la empresa de leasing, la transacción no es válida y el arrendador debe devolver el vehículo a la empresa de leasing o pagar el monto correspondiente.
3. Si el arrendador realmente vende el coche, el arrendatario deberá denunciarlo a tiempo a la policía. Si esto realmente sucede, la tienda de alquiler de coches debería llamar a la policía a tiempo y presentar un caso de investigación para minimizar sus propias pérdidas y hacer que los infractores paguen el precio adeudado. No seas ciegamente impulsivo ni te pongas en una posición pasiva.