Cómo lidiar con los hoteles que albergan prostitución
Si en un hotel se alberga prostitución, el responsable principal de la unidad será penalmente responsable conforme a la ley y será condenado a pena privativa de libertad no menor de cinco años y multa.
Ley Penal: Artículo 359: El que induzca, tolere o introduzca a otros a la prostitución, será sancionado con prisión fija no mayor de cinco años, prisión preventiva o vigilancia, y también multa si; las circunstancias son graves, se le impondrá la pena de prisión determinada no menor de cinco años, y se le impondrá multa.
El que induzca a la prostitución a niñas menores de catorce años, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco años y multa.
Artículo 361: El personal de la industria hotelera, de servicios de catering, de espectáculos culturales, de taxis y otras unidades, aprovechará las condiciones de su propia unidad para organizar, forzar, seducir, albergar e introducir a otras. a la prostitución, será condenado y sancionado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 358 y 359 de esta Ley.
Si el responsable principal de la unidad señalada en el párrafo anterior comete el delito previsto en el párrafo anterior, será severamente castigado.