¿Los inquilinos tienen derecho a estacionar en la comunidad?
Base jurídica: Artículo 74 de la Ley de Propiedad.
En la zonificación de la construcción, las plazas de aparcamiento y los garajes previstos para aparcar coches deben satisfacer en primer lugar las necesidades de los propietarios. Dentro de la zonificación de la edificación, la propiedad de las plazas de aparcamiento y garajes previstas se acordará entre las partes mediante venta, donación o arrendamiento. Las plazas de aparcamiento donde se estacionen los coches en las vías u otros lugares de propiedad del propietario serán de propiedad del propietario.
El derecho de uso de la plaza de garaje está incluido en el contrato de alquiler de la casa, por lo que el arrendatario de la plaza de aparcamiento en la comunidad tiene plenos derechos de uso de la misma tras la firma del contrato de alquiler de la casa. El aparcamiento es un derecho auxiliar de la casa y requiere atención.
Los inquilinos no pueden aparcar en la comunidad.
Ilegal. Si encontramos este tipo de problema, podemos negociar con la oficina de administración. Si la negociación fracasa, podemos apelar directamente.
Porque el arrendatario tiene derecho a aparcar en la comunidad después de firmar el contrato de arrendamiento con el arrendador, porque como el arrendatario tiene la casa alquilada, el arrendatario tiene derecho al uso de la casa, y el aparcamiento es una Derecho accesorio de la casa. Por tanto, es ilegal que la comunidad impida a los inquilinos aparcar.