El proceso de subarrendamiento

El subarrendamiento se refiere al comportamiento del arrendatario de volver a alquilar parte o la totalidad de la casa arrendada durante el período de arrendamiento, incluida la entrega de la casa arrendada a otros para su uso en nombre de una empresa conjunta, operación por contrato u operación cooperativa, y la obtención de ingresos garantizados. de carácter arrendatario, los cuales pertenecen todos al régimen de subarrendamiento.

1. El arrendatario original obtiene el consentimiento por escrito del arrendador original y traslada parte o la totalidad de la casa originalmente alquilada.

2. El arrendatario original firma un contrato de subarrendamiento con el arrendatario.

3. El contrato de subarrendamiento y el certificado de alquiler de la casa original deben estar registrados ante la autoridad de registro de bienes raíces.

4. Obtener el certificado de alquiler de la casa original marcado y sellado y pagar los impuestos y tasas correspondientes.

Condiciones para el subarrendamiento

1. El plazo de arrendamiento estipulado en el contrato de arrendamiento no podrá exceder los 20 años. Si tiene más de 20 años, la parte sobrante no será válida.

2. Si el plazo del arrendamiento supera los seis meses, deberá constar por escrito. Si las partes no adoptan la forma escrita, se considerará un contrato de arrendamiento por tiempo indefinido.

3. Con el consentimiento del arrendador, el arrendatario puede subarrendar el inmueble arrendado a un tercero, subsistiendo el contrato de arrendamiento original. Si un tercero causa pérdidas al bien arrendado, el arrendatario deberá compensar las pérdidas.

4. Si el arrendador vende la vivienda arrendada, deberá comunicarlo al arrendatario dentro de un plazo razonable antes de la venta. El arrendatario tiene derecho de tanteo en las mismas condiciones.

5. Para el arrendamiento de vivienda, el arrendador y el arrendatario deben pasar por los procedimientos de registro de arrendamiento y presentar los materiales de presentación:

(1) Certificado de propiedad del inmueble u otro certificado de propiedad legal;

(2) Certificados de identidad del arrendador y arrendatario o certificados de registro de personas jurídicas y otras organizaciones;

(3) Contrato de arrendamiento de vivienda.