Red de conocimientos turísticos - Evaluación hotelera - En el contrato de arrendamiento de vivienda entre empresas, el nombre del arrendador ha cambiado. ¿Qué debo hacer si no vuelvo a firmar el contrato?

En el contrato de arrendamiento de vivienda entre empresas, el nombre del arrendador ha cambiado. ¿Qué debo hacer si no vuelvo a firmar el contrato?

En primer lugar, si se trata de un simple cambio de nombre, para la ejecución del contrato, sólo es necesario informar a la otra parte, y no se requieren otros trámites. El contrato original seguirá ejecutándose sin un nuevo nombre.

En segundo lugar, si se trata de división o fusión de empresas, además de notificar a la otra parte, también se requieren anuncios en los periódicos y otros trámites. Sin embargo, no es necesario volver a firmar el contrato.

En tercer lugar, en cuanto al tratamiento financiero. Este problema implica principalmente la cancelación financiera de la otra empresa y tiene poco que ver con la empresa de leasing. Desde un punto de vista procesal, su empresa ya ha emitido un aviso de cambio de nombre y no debería haber ningún problema para que la otra parte utilice la factura con el nuevo nombre de su empresa para cancelar la cuenta.

En cuarto lugar, respecto a cuestiones contables, se recomienda preguntar al departamento financiero el motivo del seguro.