¿Sobre qué base deberían los operadores de alojamiento ofrecer servicios de alojamiento a grupos de turistas?
Base Legal
El artículo 75 de la "Ley de Turismo" establece que los operadores de alojamiento deberán proporcionar servicios de alojamiento a grupos de turistas de acuerdo con lo establecido en el contrato de servicio turístico. Si el operador de alojamiento no proporciona servicios de acuerdo con el contrato de servicios turísticos, deberá proporcionar a los turistas servicios de alojamiento no inferiores al estándar original, y el aumento de los costos correrá a cargo del operador de alojamiento, sin embargo, debido a fuerza mayor y al mismo; El gobierno necesita tomar medidas para el interés público, los operadores de alojamiento deben ayudar a organizar el alojamiento para los turistas.
Artículo 76 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior son responsables del trabajo de seguridad turística. Los departamentos pertinentes de los gobiernos populares a nivel de condado o superior desempeñarán las responsabilidades de supervisión de la seguridad turística de acuerdo con las leyes y reglamentos.
Artículo 77: El estado establece un sistema de alerta temprana de riesgos para la seguridad en los destinos turísticos. Los procedimientos de clasificación e implementación de advertencias de riesgos de seguridad para destinos turísticos serán formulados por la autoridad de turismo del Consejo de Estado junto con los departamentos pertinentes.
Los gobiernos populares a nivel de condado o superior y sus departamentos pertinentes deben considerar la seguridad turística como una parte importante del monitoreo y evaluación de emergencias.