Red de conocimientos turísticos - Evaluación hotelera - ¿Se permite la deducción por depreciación para los activos fijos arrendados bajo arrendamiento operativo?

¿Se permite la deducción por depreciación para los activos fijos arrendados bajo arrendamiento operativo?

Los activos fijos arrendados con financiación no necesitan depreciarse. Los equipos arrendados por el arrendatario no se consideran activos fijos propios y no se deprecian mensualmente. El método de uso pago es pagar el alquiler y el equipo se devolverá al arrendador cuando expire. Es más ventajoso incluir el alquiler como gasto una vez al mes y lograr ahorros fiscales relativos.

Base jurídica:

Artículo 39 de las "Medidas para la deducción antes de impuestos del Impuesto sobre la Renta de las Empresas"

Los contribuyentes obtienen activos fijos de los arrendadores en forma de arrendamientos financieros, no se pueden deducir sus gastos de arrendamiento, pero sí se pueden extraer los gastos de depreciación según normativa. Un arrendamiento financiero es un arrendamiento que transfiere sustancialmente todos los riesgos y beneficios asociados con la propiedad de un activo.

Un arrendamiento que cumple una de las siguientes condiciones es un arrendamiento financiero:

(1) Al vencimiento del plazo del arrendamiento, la propiedad del activo arrendado se transfiere al arrendatario;

(2) ) El plazo del arrendamiento es la mayor parte (75% o más) de la vida útil del activo;

(3) El pago mínimo del arrendamiento durante el período del arrendamiento es mayor que o sustancialmente igual al valor razonable del activo en la fecha de inicio del arrendamiento.