El problema de ser castigado por pornografía al alquilar una casa
Base Legal
Artículo 358 de la Ley Penal
Quien organice u obligue a otros a ejercer la prostitución, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco años pero no más de diez años, y también será multado si las circunstancias son graves, será condenado a pena privativa de libertad no menor de diez años o cadena perpetua, y también será multado o confiscado sus bienes; El que organice o obligue a menores a ejercer la prostitución será severamente castigado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior. Quien cometa los delitos previstos en los dos primeros párrafos y también cometa delitos como asesinato, heridas, violación, secuestro, etc. será castigado de conformidad con las disposiciones de pena concurrente para delitos múltiples. El que reclute y transporte personas con el fin de organizar la prostitución o ayude a otros a organizar la prostitución será condenado a pena privativa de libertad no mayor de cinco años y también será multado si las circunstancias son graves, será condenado a pena fija; - Pena privativa de libertad no menor de cinco años ni mayor de 10 años y también multa.