Red de conocimientos turísticos - Evaluación hotelera - ¿Puede la empresa utilizar el coche de la persona jurídica de forma gratuita?
¿Puede la empresa utilizar el coche de la persona jurídica de forma gratuita?
1. Está bien alquilar un automóvil de "persona jurídica" a la empresa, según lo determina el acuerdo, y la empresa lo utilizará y será responsable de reembolsar los gastos incurridos
2; la "persona jurídica" no tiene el "derecho a operar" el vehículo de alquiler. La empresa no puede cobrar legalmente una tarifa de "arrendamiento".
Generalmente, puede adoptar un enfoque flexible y darle a esta "persona jurídica" alguna compensación;
3. Cuando una persona jurídica cobra "cuotas de arrendamiento", debe pagar impuestos personales de acuerdo con la ley y no tiene nada. que ver con la empresa;