Red de conocimientos turísticos - Evaluación hotelera - ¿Necesito un billete especial para el reembolso del hotel?

¿Necesito un billete especial para el reembolso del hotel?

No es necesario emitir facturas especiales con IVA para el alojamiento en hotel. Las facturas de alojamiento en hotel pueden ser billetes ordinarios o facturas especiales, dependiendo de los requisitos del alojamiento.

En primer lugar, debemos distinguir entre situaciones concretas.

1. Si los empleados de los pequeños contribuyentes están en viajes de negocios o se alojan en hoteles, pueden optar por emitir facturas con IVA ordinarias, porque los pequeños contribuyentes utilizan el método de cálculo del impuesto simplificado y no pueden realizar deducciones. ;

2. Si los empleados de los contribuyentes generales del IVA van de viaje de negocios y se alojan en un hotel, deben solicitar al hotel una factura especial con IVA.

2. Para emitir facturas especiales del impuesto al valor agregado, los contribuyentes para su recaudación y gestión deberán llevar a la ventanilla de facturación del departamento de servicio tributario los siguientes materiales:

1. (Autoridad Fiscal Competente Recibido y comentado)

2. El número de certificado fiscal y el número de cuenta tanto de la unidad emisora ​​como del banco que abre la cuenta.

3. Sello especial para facturas de contribuyentes

4. Certificado de pago de impuestos para emisión de facturas y pago de impuestos

5. Número de teléfono, número de certificado de registro tributario, banco de apertura de cuenta, número de cuenta). )

Lo anterior son cuestiones relacionadas con la necesidad de que los hoteles emitan facturas especiales con IVA para su reembolso. Espero que mi respuesta pueda ayudarte con tu reembolso.

Base Legal

Medidas de Gestión de Facturas de la República Popular China

Artículo 19: Unidades e individuos que venden bienes, prestan servicios y participan en otras actividades comerciales cobrar tarifas de operaciones externas Para el pago, el beneficiario emitirá una factura al ordenante; en circunstancias especiales, el ordenante emitirá una factura al beneficiario;

Artículo 20 Todas las unidades y personas que se dediquen a actividades productivas y comerciales deberán solicitar facturas al beneficiario al realizar pagos por bienes adquiridos, servicios recibidos y otras actividades comerciales. Al momento de obtener una factura no se permiten cambios de nombre y monto.

Artículo 21 Las facturas que no cumplan con las normas no serán utilizadas como comprobantes de reembolso financiero, y cualquier unidad o individuo tiene derecho a negarse a utilizarlas.