Red de conocimientos turísticos - Evaluación hotelera - La compañía de seguros me engañó con un cebo. ¿Puede la ley de seguros respaldar mi reembolso de las primas pagadas y la compensación por mis pérdidas?

La compañía de seguros me engañó con un cebo. ¿Puede la ley de seguros respaldar mi reembolso de las primas pagadas y la compensación por mis pérdidas?

Si la compañía de seguros comete fraude, usted tiene derecho a solicitar la rescisión del contrato y una indemnización por las pérdidas. La base jurídica es el artículo 52 de la Ley de Contratos, que estipula que un contrato es nulo si concurre una de las siguientes circunstancias:

(1) Una parte celebra el contrato mediante fraude o coacción, perjudicando a los nacionales. intereses;

(2) Colusión maliciosa para dañar los intereses del país, del colectivo o de un tercero;

(3) Cobertura de fines ilegales en formas legales;

(4) ) perjudicar los intereses públicos;

(5) violar las disposiciones obligatorias de las leyes y reglamentos administrativos.

El artículo 58 estipula que después de la nulidad o revocación del contrato, los bienes obtenidos como resultado del contrato serán restituidos, si no pueden ser restituidos o no es necesario devolverlos, la indemnización se hará en el momento; un descuento. La parte culpable deberá compensar a la otra parte por los perjuicios sufridos por ella. Si ambas partes tienen la culpa, cada una debe asumir la responsabilidad.