Red de conocimientos turísticos - Evaluación hotelera - La cerradura de la puerta de la casa de alquiler está rota. ¿El propietario lo pagó?

La cerradura de la puerta de la casa de alquiler está rota. ¿El propietario lo pagó?

Análisis jurídico: En cuanto a la cuestión de "si la cerradura de la puerta de una casa de alquiler está dañada, si el propietario pagará las reparaciones", primero debemos comprobar si existe un acuerdo en el contrato de arrendamiento entre las dos partes. Si hay un acuerdo, qué parte correrá con los costos de mantenimiento según el acuerdo; si no hay acuerdo, el arrendatario tiene derecho a exigir al arrendador que repare la propiedad arrendada de acuerdo con las leyes y regulaciones pertinentes, y los costos de mantenimiento; correrá a cargo del arrendador.

Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”

Artículo 712 El arrendador deberá cumplir con las obligaciones de mantenimiento del bien arrendado, salvo pacto en contrario de las partes.

Artículo 713: Si el bien arrendado necesitare reparación, el arrendatario podrá exigir al arrendador que la repare en un plazo razonable. Si el arrendador incumple sus obligaciones de mantenimiento, el arrendatario podrá realizar las reparaciones por su cuenta, siendo los gastos de reparación a cargo del arrendador. Si el mantenimiento del bien arrendado afecta al uso del arrendatario, se reducirá la renta o se ampliará en consecuencia el plazo del arrendamiento. Si el bien arrendado necesita reparación por culpa del arrendatario, el arrendador no asumirá las obligaciones de mantenimiento previstas en el párrafo anterior.