Red de conocimientos turísticos - Evaluación hotelera - ¿La vivienda pública de alquiler afectará la escolarización de los niños?

¿La vivienda pública de alquiler afectará la escolarización de los niños?

Análisis Legal: Influyente. Las viviendas públicas de alquiler no son propiedad de particulares, sino del gobierno o de instituciones públicas, por lo que cuando los niños van a la escuela, deben consultar a las autoridades educativas locales. Si un niño cumple con las condiciones y su tutor no es propietario de una casa en esta ciudad, y el tutor utiliza la casa como su única residencia y el contrato de alquiler de la casa ha sido registrado y archivado, el departamento administrativo de educación del distrito donde donde se encuentre el domicilio se encargará de que el niño asista a una escuela de educación obligatoria.

Base legal: “Reglamento de Gestión de la Caja de Previsión de Vivienda”

Artículo 7 Para solicitar vivienda pública en alquiler se deberán cumplir las siguientes condiciones: (1) No existir vivienda en el local el área o el área de vivienda es inferior al estándar prescrito (2) Los ingresos y la propiedad son inferiores a los estándares prescritos (3) El solicitante es un trabajador migrante y ha estado empleado localmente de manera estable durante el número de años prescrito; Las condiciones específicas serán determinadas por las autoridades municipales de seguridad de la vivienda y los gobiernos populares a nivel municipal y de condado en función de las condiciones reales de la región, y se implementarán y anunciarán al público después de la aprobación de los gobiernos populares del mismo nivel.

Artículo 34 El Centro Administrador del Fondo de Previsión para la Vivienda y sus empleados tienen derecho a instar a la unidad a cumplir oportunamente con las siguientes obligaciones: (1) Registro de los depósitos o cambios o cancelaciones del fondo de previsión para la vivienda; (2) Constitución; de las cuentas del fondo de previsión para la vivienda, transferencia o sellado (3) Pagar y depositar el fondo de previsión para la vivienda en su totalidad;