Como trabajadora social, hubo una fuga de agua en el piso de arriba y la persona de abajo lo informó al comité vecinal. ¿Cómo lo afrontaste?
Análisis Legal
Las fugas de agua en el piso de arriba causarán daños en el piso de abajo. En términos generales, la compensación es principalmente monetaria. El importe depende del valor del artículo perdido. Si hay una fuga de agua en el piso de arriba y el sofá con TV que acaba de comprar se daña por el agua, puede obtener una compensación por el precio del sofá con TV que acaba de comprar. Esta compensación generalmente se determina en función de la situación y no existe un monto de compensación fijo. La compensación civil se limita a las pérdidas reales, incluidas las pérdidas reales de propiedad, las pérdidas relacionadas, los costos de rehacer y reparar y los gastos de trabajo perdido de las personas, etc. El agua se filtra en el piso de arriba y causa pérdidas al interesado: siempre que el interesado pueda demostrar que la pérdida fue causada por los residentes del piso de arriba (responsabilidad por culpa), puede reclamarles una indemnización si las dos partes no llegan a un acuerdo; el monto de la compensación a través de la negociación, se refieren a disputas civiles. Además, a la hora de alquilar una casa, puedes prestar atención a las tuberías de agua y a las paredes, y si encuentras algún problema, puedes comentarlo con el propietario. Por ejemplo, llegas a casa y el agua de tu casa está subiendo. Primero tome una foto, hable con evidencia y hable en un tono agradable. Tienes que luchar por tus propios derechos y a veces puedes dar un paso atrás. Después de todo, sois vecinos y, a veces, es cierto que los parientes lejanos no son tan buenos como los vecinos cercanos.
Base jurídica
Código Civil de la República Popular China
Artículo 184 Si se infringe la propiedad de otra persona, la pérdida de la propiedad se basará en el mercado. precio en el momento de la pérdida u otros métodos de cálculo razonables.
Artículo 289 Si las leyes y reglamentos tuvieren disposiciones para el tratamiento de las relaciones de convivencia, prevalecerán aquellas disposiciones; a falta de ellas, se podrán seguir las costumbres locales.
Artículo 290: El dueño de un inmueble deberá proporcionar a los propietarios colindantes las instalaciones necesarias de agua y drenaje. La utilización del agua corriente natural se distribuirá razonablemente entre los propietarios de inmuebles adyacentes. La descarga de agua natural debe respetar el sentido natural del flujo.